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Por fin una ley de rehabilitación energética

Después de seis años de crisis y cuando la previsión del FMI es que el crecimiento tampoco llegará en 2014, a finales de junio se ha aprobado la Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas. Las intenciones no pueden ser más oportunas: facilitar la rehabilitación y regeneración de barrios y la eficiencia energética del parque edificado como instrumento de recuperación económica y de empleo.

 La Ley parte del reconocimiento de la gran distancia que nos separa de Europa en eficiencia energética y del bajo porcentaje que la rehabilitación representa en la actividad del sector de la construcción. Su contenido es muy relevante en lo que se refiere al uso racional de la energía tanto en los edificios como en la urbanización y los barrios, introduciendo nuevos conceptos como los de la rehabilitación y autosuficiencia energética de barrios o sistemas centralizados de calefacción y refrigeración.

 La Ley 8/2013 mejora los Real Decreto 233/2013 y 235/2013 en lo que se refiere a la certificación energética de edificios. Ahora se considerará la certificación energética como parte del Informe de Evaluación de Edificios y de ella procederá la ejecución de las recomendaciones de mejora. Su incumplimiento tendrá la consideración de infracción urbanística y cualquier falseamiento en sus datos o elaboración se someterá a un régimen de infracciones y sanciones que irán desde los 300 a los 6.000 euros. Todos estos aspectos serán desarrollados por las administraciones autonómicas y municipales.

Entre los fines que se establecen en su artículo tercero para las políticas públicas destinadas al medio urbano estará el de “priorizar las energías renovables frente a los combustibles fósiles y combatir la pobreza energética con medidas a favor de la eficiencia y ahorro energético”. Los objetivos de eficiencia energética se enmarcan en la Directiva 2010/31/UE de eficiencia energética de edificios y la 2012/27/UE de eficiencia energética que establece en su artículo cuatro la aplicación para 2014 de una estrategia nacional de rehabilitación de todo el parque de edificios. Así se expresa en el preámbulo de la Ley 8/2013.

Se facilita la rehabilitación energética para espacios que consigan reducir el 30% de la demanda energética de calefacción y refrigeración a través de actuaciones en la envolvente del edificio, instalaciones centralizadas e integración de renovables que sustituyan el uso de fuentes no renovables. Estas actuaciones requerirán un informe de viabilidad económica en el que participarán las empresas de servicios energéticos a través de los contratos de rendimiento energético.

El apoyo al ahorro de energía y la integración de renovables en la renovación urbana que ha propuesto el Ministerio de Fomento se contradice con la reforma del sistema eléctrico aprobada por el Ministerio de Industria que, a través de los peajes que suben el término de potencia y rebajan el de consumo, ha desincentivado por completo la eficiencia energética y hecho inviable el autoconsumo. Tampoco las citas a las directivas europeas en el preámbulo de la ley se corresponden con el articulado, pues no existe ninguna disposición que transponga las normas europeas.